Línea de ayudas, dotada con 40 millones de euros para actividades de restauración afectadas económicamente por la COVID-19

Con esta nueva línea de ayudas, el Govern pone de manifiesto su compromiso con el sector de la restauración. La medida quiere contribuir a la competitividad de las empresas y al mantenimiento de los negocios frente a la disminución de la facturación ocasionada por las últimas restricciones decretadas para paliar los efectos de la pandemia.

Personas beneficiarias:

Los profesionales autónomos y empresas que presten actividades de restauración, dadas de alta en el censo de
el impuesto de actividades económicas.

A los efectos de estas bases se entienden como empresas que prestan actividades de restauración, los bares,
restaurantes y cafeterías, incluidos aquellos que prestan su actividad dentro de un establecimiento colectivo como
pueden ser centros comerciales o mercados municipales.

Quedan excluidas como beneficiarias de estas ayudas las empresas que se encuentren participadas en más de un 50%
por capital público y las fundaciones.

Plazo:

A partir de las 9:00 horas del día 6 de abril de 2022 y hasta las 14:00 horas del día 3 de mayo de 2022 o hasta agotamiento del presupuesto.

Cantidad de la ayuda:

La ayuda otorgada tiene el carácter de importe máximo y consistirá en una aportación única por persona beneficiaria.

Las ayudas serán de entre 1.000 a 15.000 euros, en función del número de trabajadores:

  • 1.000 euros para autónomos y microempresas (hasta 9 trabajadores)
  • 5.000 euros para pequeñas empresas (de 10 a 49 trabajadores)
  • 15.000 euros para empresas de 50 o más trabajadores.

Procedimiento de solicitud

Las solicitudes deben presentarse según el modelo normalizado que está a disposición de las personas interesadas en la sede corporativa de Canal Empresa de la Generalidad de Cataluña, en la página web del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña o en la página web del Departamento de Empresa y Trabajo.

Las solicitudes se presentarán por medios telemáticos, acompañadas de la documentación prevista en estas bases, en su caso, a través del Canal Empresa .

La identificación de la persona solicitante se hará a través de los sistemas de firma electrónica admitidos por la Sede electrónica y que se pueden consultar en: https://seu.gencat.cat/ca/certificats-sistemes-signatura-electronica-seu .html

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