¿Eres una empresa o entidad representativa de un sector productivo? piensas que hay que hacer formación a medida para mejorar la competitividad ? La respuesta que estás buscando se llama CONFORCAT A MIDA , un programa de subvenciones que permite dar respuesta directa a las necesidades formativas de la empresa.
Próximamente se prevé una convocatoria con las siguientes características:
  • Diseñe la formación subvencionable a medida de la empresa; las acciones formativas deben ser de entre 30 y 60 horas, pudiendo diseñar itinerarios formativos que superen las 60 horas; por ejemplo, una misma persona puede realizar 2 módulos de 60 horas, en un total de 120 horas.
  • Puedes formar a las personas trabajadoras de la empresa y/o personas en paro para incorporarlas a tu empresa; en caso de ser una entidad representativa de un sector, puedes formar a cualquier persona trabajadora del sector oa personas desempleadas para que se incorporen a empresas del sector.
  • La formación puede ser presencial mediante aula virtual en streaming, online o teleformación (con plataforma) y mixta.
  • Financiación por módulos: 549€ por persona formada por 60 horas y 245€ por 30 horas. Al ser justificación por módulos no es necesario presentar documentación para justificar los gastos. Además, esta formación es cofinanciable de forma privada o pública.
  • Es posible la subcontratación del 100%, incluida su gestión. Permite contratar a alguna entidad de formación especializada.
  • Se realiza un anticipo del 100% del pago de la financiación otorgada en el momento de la resolución, es decir, se dispone de la financiación antes de iniciar la formación.
  • Se prevé que el período de solicitud de subvención comience la primera semana de marzo y la formación se pueda realizar entre los meses de mayo/junio de 2023 y junio de 2024.

Pueden ser beneficiarias:

a) Empresas a título individual y que presenten programas de formación. Las empresas pueden ser de titularidad de personas físicas, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y otras formas jurídicas admitidas en derecho.

  • Las personas trabajadoras a formar deben pertenecer a la empresa teniendo un vínculo laboral.

b) Otros tipos de entidades:

  • Agrupaciones de empresas.
  • Consorcios.
  • Organismos y entidades sectoriales, de cualquier dimensión, que representen a empresas y/o personas trabajadoras (sindicatos, patronales, gremios, asociaciones, cámaras…).
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